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17 de agosto de 2022, 13:19

Exención al impuesto de arriendo a viviendas DFL2 de adultos mayores: ¿Cuánto le costaría al Estado?

Por Ignacio Hermosilla


El actual proyecto de Reforma Tributaria, entre otras cosas, busca eliminar la exención de impuestos al arriendo de viviendas DFL2, por lo que desde la oposición solicitaron al Gobierno que se excluya de este precepto a los adultos mayores. De acuerdo al ministro de Hacienda, Mario Marcel, la medida - que "están estudiando"- tendría un costo entre 40 y 75 millones de dólares anuales para el Estado.


El ministro de Hacienda, Mario Marcel, entregó una estimación de cuánto costaría al Estado otorgar la exención del impuesto al arriendo de viviendas DFL2 para adultos mayores.

Cabe recordar que esta es una petición que ha realizado la oposición al actual Gobierno de Gabriel Boric, para ser incluida en el proyecto de Reforma Tributaria.

Por su parte, el Ejecutivo, en voz de Marcel, aseguró que “están estudiando”, ingresar una indicación relativa a la materia.

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¿Qué son las viviendas DFL2?

Vale mencionar que este tipo de viviendas provienen del Decreto con Fuerza de Ley 2 (DFL2), una norma que establece ciertos beneficios como la reducción de algunos impuestos.

Sin embargo, para acceder al beneficio, la norma exige que se cumplan ciertos requisitos relativos a la superficie de construcción, su uso, entre otros.

Actual exención de impuesto al arriendo viviendas DFL2 y otros beneficios

En concreto, se puede acceder a un máximo de dos viviendas DFL2 por RUT, siempre y cuando:

Esté destinada al uso habitacional.
Tenga locales comerciales o de servicios públicos, siempre y cuando no superen el 20% del total de la edificación.
No supere los 140 metros cuadrados de construcción

Además, los beneficios de tener una vivienda DFL2, actualmente son:

Disminución del 50% en el arancel de inscripción en el Conservador de Bienes Raíces.
Pago del 0,2% (en lugar del 0,8%) en el impuesto de timbres y estampillas en la primera transferencia.
Posibilidad de estar exentos del 50% del pago de las contribuciones durante: a) 20 años, si la superficie edificada no sobrepasa los 60 metros cuadrados; b) 15 años, si la superficie excede los 70 metros cuadrados, pero no supera los 100; c) 10 años, si la superficie es superior a los 100 metros, pero no sobrepasa los 140.
Exención del pago de impuestos de herencia ni impuestos a la renta.


En este último punto, el Servicio de Impuestos Internos (SII), indica que “las Personas Naturales, no deben tributar por el arrendamiento de un DFL-2, destinado a la habitación, puesto que los ingresos que produzcan, no constituyen renta, hasta por un máximo de dos viviendas”.

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